“La esterilización masiva, la donación alimentaria y el combate al maltrato animal es una realidad”, diputada Alba Cristal
Velar por el bienestar de los animales domésticos en abandono y evitar que sean objeto de maltrato, permitirán las reformas a la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, Ley de Protección a la Fauna y la Ley Municipal, aprobadas por las y los diputados de la 33 Legislatura que preside la parlamentaria Alba Cristal Espinoza Peña.
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Al hacer uso de la tribuna, Espinoza Peña reconoció el trabajo de la sociedad participativa y el gobierno; “estoy muy contenta, los esfuerzos hoy están rindiendo frutos, materializar una normativa clara y concreta; la esterilización masiva, la donación alimentaria y que cada día todos y todas vayamos a la ley a revisar que el combate al maltrato animal es una realidad”; enfatizó la diputada local.
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En el dictamen aprobado se establece que el Gobierno del Estado podrá implementar, fomentar y gestionar campañas de donación alimentaria con el propósito de preservar el bienestar animal de perros y gatos, de igual forma se incluyen las campañas de esterilización y vacunación.
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Con la modificación a los tres ordenamientos se estipula crear un Padrón Estatal de Fundaciones, Asociaciones u Organizaciones Sociales y Privadas de Protección a la Fauna, registro que regirá la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, ello para unir esfuerzos y fortalecer la cultura de la prevención y denuncia por maltrato animal.
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En las mismas reformas hechas, se establece que los 20 ayuntamientos de la entidad deben contar con una comisión en el cabildo para la Protección a la Fauna; además de emitir normas que reglamenten la protección, crianza, producción, comercialización, vigilancia, entrenamiento, exhibición de animales domésticos.
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Una más de las bondades de estas modificaciones es que se prevé la definición de maltrato, ello para verificar conductas que violenten a los animales y poder calificarlas como actos prohibidos.
Actualmente el Código Penal en sus artículos 422 y 423 precisa que el delito de maltrato o crueldad animal se castiga con seis meses a cinco años de prisión.
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